Calculadora de finiquito
Días pendientes, vacaciones y pagas extra: lo que te tienen que pagar al salir.
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33 días por año si es improcedente, 20 si es objetivo. Aquí lo tienes con los topes legales aplicados y el tramo anterior a la reforma de 2012.
Siguiente paso: el paroLa indemnización y la prestación son compatibles. Tienes 15 días hábiles para pedirla.
Calcular mi paroCómo se calcula
| Tipo de despido | Días por año | Tope |
|---|---|---|
| Improcedente (desde 12/02/2012) | 33 | 720 días |
| Improcedente (hasta 11/02/2012) | 45 | 42 mensualidades |
| Objetivo o colectivo (ERE) | 20 | 12 mensualidades |
| Fin de contrato temporal | 12 | sin tope |
| Disciplinario procedente | 0 | — |
Si empezaste a trabajar antes del 12 de febrero de 2012, el cálculo se parte en dos tramos: los años anteriores se pagan a 45 días y los posteriores a 33. La calculadora lo hace sola en cuanto pones la fecha de alta.
La indemnización por despido improcedente no puede superar 24 mensualidades, es decir 720 días de salario. Con 33 días por año, ese techo se alcanza a los 21 años y 10 meses de antigüedad: a partir de ahí, cada año extra ya no suma nada.
Hay una excepción importante. Si tu tramo anterior a 2012 ya superaba por sí solo los 720 días, se respeta ese importe mayor, con un máximo de 42 mensualidades. Es un derecho adquirido de los contratos antiguos y conviene reclamarlo.
El salario diario que manda es el bruto real con todo incluido: salario base, pagas extra prorrateadas, complementos fijos, plus de transporte si es consolidado, comisiones medias del último año y hasta la retribución en especie (coche, seguro médico, tickets).
Es justo el punto donde más se equivocan las empresas, y casi nunca a tu favor. Si solo han metido el salario base, tu indemnización sale corta. Coge las 12 últimas nóminas, suma todo el bruto y divide por 365: ese es tu salario diario real.
La indemnización, además, está exenta de IRPF hasta 180.000 € mientras no supere el importe legal obligatorio. Lo que la empresa te pague por encima de lo que marca la ley sí tributa.
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